José Tudela Aranda, Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Zaragoza
Heraldo de Aragón
Sábado, 2 Mayo, 2020
En política, la casualidad, dicen los que saben, no existe. Es posible. En todo caso, ante determinadas noticias, parece prudente mantener el beneficio de la duda. Puede haber sido un error. Así, cuando se produjeron las primeras declaraciones de miembros del Gobierno sobre la necesidad de controlar bulos y determinadas informaciones, se pudo pensar que si bien se había producido algún exceso verbal, eran debido a errores y a las circunstancias del momento.
Profesora agregada de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona
Viernes, 1 Mayo, 2020
El coronavirus está marcando nuestra vida cotidiana en las últimas semanas y nuestra vida informativa desde hace ya varios meses. Primero observamos cómo China adoptaba medidas muy duras para contener la propagación del virus y proteger a la ciudadanía de los ya contagiados. Reconozcamos que en algún momento pensamos que estas medidas seguidas eran propias de un Estado no democrático, como es el país asiático.
Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid
Viernes, 1 Mayo, 2020
La declaración de uno de los estados excepcionales previstos en el art. 116 de la Constitución (alarma, excepción y sitio) depende del hecho ante el que nos encontremos, que merece una respuesta excepcional, porque los cauces ordinarios para abordarlo se muestran claramente insuficientes. Es lo que podríamos denominar el «presupuesto de hecho habilitante». Y dado que este no viene, en cada caso, establecido en la Constitución, hay que ir a lo previsto en la norma que los desarrolla: la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
Director de Estudios Políticos de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades)
Martes, 28 Abril, 2020
Al 13 de abril, el sitio oficial del Gobierno de El Salvador reporta 137 casos confirmados: 110 activos, seis fallecidos y 21 recuperados. Y, además de las medidas sugeridas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), a la pandemia también se la combate con inconstitucionalidades, amparos y habeas corpus.